El pasado 6 de febrero entró en vigor el Real Decreto por el que se establece la Cartera Común de servicios del Sistema Nacional de Empleo. Esta norma está prevista para la Estrategia Española de Activación para el Empleo 2014-2016. Gracias a esta nueva norma, los servicios de empleo deberán cubrir necesariamente cuatro servicios mínimos: el de orientación profesional a parados y ocupados; de colocación y asesoramiento a empresas; de formación y cualificación para el empleo y de asesoramiento para el autoempleo y emprendimiento.
Esta nueva normativa quiere garantizar el acceso de todos los ciudadanos a los servicios de empleo, a través de la articulación de un itinerario personalizado para la persona desempleada con una atención continuada y adaptada a las necesidades de cada participante. Se configura como un derecho para las personas desempleadas y una obligación para los servicios públicos.
Este itinerario se debe diseñar a través de unos de los primeros servicios mínimos que han entrado en vigor, el de orientación profesional. Se trata de “un servicio integral que tiene por objeto la información, el diagnóstico de la situación individual, el asesoramiento, la motivación y el acompañamiento en las transiciones laborales, bien entre empelados distinto o entre la educación y el primer empleo”.
Asimismo, los servicios autonómicos de empleo tendrán que ayudar en las labores de intermediación y emparejamiento de ofertas y demandas de empleo, asesorando para ellos a las empresas.
Esperemos que con esta nueva reforma se mejore la situación de las personas desempleadas y se ayude a la orientación laboral personalizada.