FORMACIÓN CONTINUA EN EL SECTOR DEL TRANSPORTE OBLIGATORIA

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CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL
R.D.1032/2007 DE 20 DE JULIO
C.A.P.
1.- ¿Qué es el C.A.P?
Significa literalmente “Certificado de aptitud profesional” y hace referencia a la titulación que conlleva la formación exigida a los conductores del sector del transporte por carretera de mercancías y viajeros. Es un proyecto europeo que se basa principalmente en formar de manera periódica a los profesionales del sector sobre tres ejes principales:
  • Conducción racional y medioambiental.
  • Reglamentación del sector transportes y de la logística.
  • Salud y seguridad en el transporte.
2.- ¿Cuál es el objetivo?
El objetivo es profesionalizar el sector del transporte por carretera para mejorar su nivel competitivo y la eficacia de su servicio en ámbitos como:
  • Mayor calidad del servicio.
  • Conseguir una gestión más profesional.
  • Permitir una mayor y mejor especialización en su sector.
3.- ¿Cuándo se empieza a aplicar?
A partir del 10 de Septiembre del 2008 para los transportistas dedicados al sector de viajeros por carretera. A partir del 10 de Septiembre del 2009 para los transportistas dedicados al sector de mercancías por carreteras.
4.- ¿En que consiste?
En una formación inicial consistente en un curso de 140 o 280 horas y una formación continuada consistente en un curso de 35 horas cada 5 años.
5.- ¿A quién va dirigido?
A todos los profesionales dedicados o que quieran dedicarse al transporte de vehículos pesados por carretera.
6.- ¿Estos cursos afectan por igual a todos los conductores de viajeros y mercancías?
No
                   La formación inicial la han de cursar únicamente los nuevos conductores que quieran incorporarse al sector de transporte de viajeros a partir del 11 de Septiembre de 2008. Los que quieran incorporarse al sector de transporte por mercancías se le requerirá esta formación un año mas tarde, a partir del 11 de Septiembre del 2009. La formación exigida se demostrará con el C.A.P. que sólo se podrá obtener superando un examen después de haber seguida el curso de formación de 140 ó 280 horas.
                    El curso de 35 horas de formación cada 5 años se exigirá a todos los conductores  a lo largo de la vida laboral, independientemente de cuando se hayan incorporado a la profesión. En este caso no es necesario pasar un examen, siendo requisito indispensable tener el permiso de conducir en vigor.
7.- ¿Es obligatorio par todos los vehículos pesados de transporte por carretera?
No. Quedan exentos los siguientes vehículos:
Aquellos cuya velocidad máxima autorizada no supere los 45 km/h.
                    Los utilizados por servicios de las Fuerzas Armadas y de Protección Civil, bomberos y los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, así como los que estén bajo su dirección.
                    Los utilizados para realizar transporte privado particular de viajeros o mercancías definido en el Art. 101,Ley 16/1987 1211/1990.
                    Los que transporten material o equipos para el uso del conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la conducción del vehículo no represente la actividad principal de dicho conductor.
                    Los que estén siendo sometidos a pruebas en carretera para fines de mejora técnica, reparación o mantenimiento, o bien sean nuevos o transformados y aún no se hayan puesto en circulación.
                    Los utilizados en situaciones de emergencia o destinados a misiones de salvamento.
                    Los utilizados en clases prácticas destinadas a la obtención del permiso de conducción o del certificado de aptitud profesional.
8.-¿Cuándo empieza a ser obligatorio el curso de 35 hora, para los conductores que ya tengas su permiso de conducción?
Los conductores que tuvieran el permiso de conducir de la clase D1 o D con anterioridad al 11 de Septiembre de 2008 están exentos de realizar la formación inicial pero no están exentos de realizar los cursos de formación continua. Estos conductores para obtener el CAP tiene que hacer el cuso de formación continua que consta de 35 horas teóricas, sin formación práctica y sin necesidad de examen.
            La fecha en que estos conductores tiene que hacer los cursos de formación continua depende de su última cifra de DNI:
·         Terminados en 1ó 2 antes del 10 de Septiembre de 2011
·         Terminados en 3ó 4 antes del 10 de Septiembre de 2012
·         Terminados en  5ó 6 antes del 10 de Septiembre de 2013
·         Terminados en 7ó 8 antes del 10 de Septiembre de 2014
·         Terminados en 9 ó 0 antes del 10 de Septiembre de 2015
Los conductores que tuvieran el permiso de conducir de la clase C1,C o C+E con anterioridad al 11 de Septiembre de 2009 están exentos de realizar la formación  inicial pero no están exentos de realizar los cursos de formación continua. Estos conductores para obtener el CAP tiene que hacer el curso de formación continua que consta de 35 horas teóricas, sin formación práctica y sin necesidad de examen.
La fecha en que estos conductores tienen que hacer los cursos de formación continua depende de su última cifra del DNI:
  • Terminados en 1 ó 2 antes del 10 de Septiembre de 2012
  • Terminados en 3 ó 4 antes del 10 de Septiembre de 2013
  • Terminados en 5 ó 6 antes del 10 de Septiembre de 2014
  • Terminados en 7 ó 8 antes del 10 de Septiembre de 2015
  • Terminados en 9 ó 0 antes del 10 de Septiembre de 2016
9.- ¿Cuál es el objetivo del curso de formación continua?
La formación continua, deberá permitir a todos los conductores actualizar los conocimientos esenciales para el ejercicio de su función, haciendo especial hincapié en la seguridad en carretera y la racionalización dl consumo de carburante.
También deberá seguir un cuso de formación continua los conductores que reanuden la profesión sin poseerla tarjeta acreditativa de la cualificación profesional en vigor.
10.-¿Dónde se podrán cursar?
En centros autorizados que impartan los cursos debidamente homologados por el Ministerio de Fomento. Centro de Estudios Ceat ya posee en la actualidad autorización de la Dirección General de Transportes de la J.C.C.M. para impartir los diversos cursos, tanto de cualificación inicial como formación continua.
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