La Ley de Emprendedores por fin es una realidad. El pasado viernes el Consejo de Ministros aprobaba el anteproyecto de Ley de Apoyo al Emprendedor y su Internacionalización. La nueva normativa tiene como objetivo facilitar la creación de empresas e impulsar la generación de trabajadores autónomos.
Algunos puntos de interés son:
- Nuevo sistema de IVA. Es una de las novedades más importantes. Desde el 1 de enero de 2014 se pondrá en marcha el criterio de caja en el IVA, que permitirá a las pymes no pagar el IVA de sus facturas hasta que no las cobren. Podrán acogerse a esta medida aquellas pequeñas y medianas empresas y autónomos con un volumen anual inferior a 2 millones de euros y acogidas a regímenes especiales . No podrán acogerse a este sistema las empresas acogidas a los regímenes especiales simplificados (agricultura, pesca y ganadería), el oro de inversión o los servicios prestados por vía electrónica.
La otra limitación es temporal, pues los empresarios deberán ingresar el IVA de cada año antes del 31 de diciembre aunque no hayan cobrado.
- Creación de empresas en 24 horas. Con la nueva Ley de Emprendedores se pone fin a uno de los principales problemas que destacan quienes desean crear una empresa: la burocracia. Los trámites podrán resolverse en un plazo de 24 horas (sin escritura pública) por sólo 40 euros y 48 horas en caso de contar con escritura, por 100 euros.
Además, se incluye el proyecto Emprende en 3, un portal de Internet que permitirá crear las empresas de forma telemática y con un formulario tipo.
- Dos nuevas figuras: el emprendedor de responsabilidad limitada y la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva.
La figura del “emprendedor de responsabilidad limitada”. Como ya hablamos hace unas semanas, a partir de ahora los emprendedores que no puedan hacer frente a sus deudas no tendrán que responder con bienes esenciales como la vivienda o el vehículo de uso familiar (siempre que su valor total no sea superior a 300.000 euros).
Nuevo tipo de sociedad: la Sociedad Limitada de Formación Sucesiva. Esta nueva figura jurídica tiene como finalidad el abaratamiento de los coste iniciales. Así, se podrán construir sociedades con un capital inferior al que se exige en la actualidad (3.000 euros). No obstante se establecen limites y obligaciones como el deber de dotación de reserva legal mediante el cual el 20% de los beneficios debe ir a reservas legales.
- Fomento de la reinversión. Las empresas con un negocio inferior a 10 millones de euros que deseen reinvertir sus beneficios tendrán derecho a una deducción del 10% en el Impuesto de Sociedades. La inversión deberá realizarse en un plazo comprendido entre el inicio del año fiscal en el que se obtengan los beneficios y los dos años siguientes.
- Cotizaciones más bajas para pluriempleados. Aquellos profesionales que compaginen su labor autónoma con otras actividades por cuenta ajena usarán como base de cotización la resultante de aplicar el 50% a la base mínima establecida cada año en los Presupuestos del Estado. De este modo, se les aplicará el 50% de la base mínima durante los primeros 18 meses y el 75% en los siguientes 18 meses.
- Nuevas vías de financiación. Para facilitar la solvencia crediticia de las pymes, se introducirán nuevas fórmulas para que puedan emitir deuda en mercados de Renta fija. Las compañías más pequeñas podrán invertir entre ellas sin tener que escriturar públicamente sus emisiones. Así, las empresas no tendrán la necesidad de recurrir a financiación bancaria.
- Re financiación. La Ley Concursal se verá modificada con el objetivo de facilitar la re financiación de empresas viables. A partir de la entrada en vigor de la Ley de Emprendedores, los acreedores no tendrán tan fácil imponer sus condiciones. Los pactos de re financiación ahora sólo necesitarán el consentimiento de las entidades financieras que reúnan el 67% de la deuda de la compañía, no el 75% actual.
- Segunda oportunidad. Otra de las modificaciones que afectan a la Ley Concursal responde a la apuesta por dar una segunda oportunidad a aquellos emprendedores que han visto cómo quebraban sus negocios y quieren reflotarlos. Se establecerá un nuevo mecanismo en el que se buscará un acuerdo entre los acreedores y la empresa, con moratorias de hasta tres años.
- Apoyo al Business Angels. “Los ángeles inversores” también recibirán ventajas fiscales. En concreto, contarán con una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF por su inversión al entrar en una sociedad. Si deciden salir de la empresa, estarán exentos de toda plusvalía aunque tendrán que reinvertir el dinero en una nueva sociedad.
- Fomento del emprendimiento. La Ley incorpora medidas para fomentar el espíritu emprendedor entre los más jóvenes a través del sistema educativo. En la universidad, se incentivará la creación de proyectos empresariales y se promoverá encuentros con emprendedores.
Estos son algunos de los cambios que incluirá la famosa Ley de Emprendedores, aunque no serán los únicos. Con el fin de impulsar la internacionalización de la economía, se concederán permisos de residencia a inversores extranjeros con proyectos superiores a un millón de euros. Todas estas novedades esperemos que una vez por todas acelere la salida de la crisis en España.